Facilitar a las organizaciones a cumplir con la Resolución 3/2018 del Ministerio de Energía y obtener hasta un 20% de ahorro en el precio de la energía y brindar el soporte para el desarrollo de Metas energéticas, Planes de acción y un programa de Proyectos de eficiencia energética en su proceso productivo.
La Subsecretaría de Ahorro y Eficiencia Energética del Ministerio de Energía ha emitido la Disposición 3/ 2018 por la que establece nuevos requisitos para los establecimientos electrointensivos beneficiarios de la Resolución Conjunta 1-3/2017 y define los lineamientos para el período Febrero 2018 a Diciembre 2019 y continuar recibiendo la bonificación en el Precio Estacional sancionado y en el Precio Mayorista de la energía para usuarios beneficiarios.
FIXIT Group le ofrece el servicio de Diagnóstico del Desempeño Energético y la elaboración de toda la documentación necesaria para aplicar a la extensión del beneficio económico en el precio de la energía, acreditando la implementación de un plan de mejora en eficiencia energética de su proceso productivo y a actuar como contacto determinado para la entrega de los nuevos requisitos ante la SubSecretaría de Ahorro y Eficiencia Energética y obtener estos beneficios en tiempo y forma.
¿A qué empresas alcanza la Disposicíón?
Alcance: Usuarios que hayan sido beneficiarios del programa y que hayan dado cumplimiento durante 2017 a los requisitos del Anexo V de la Resolución Conjunta 1E/2017.
Todas los establecimientos electrointensivos que NO acreditaron el cumplimiento de los requisitos establecidos para el año 2017, podrán gozar del beneficio económico a partir de la presentación de los entregables pendientes y estos se encuentren en condiciones de aprobación.
Todos ellos deben ser usuarios Electrointensivos, con potencia igual o mayor de 300 kW medio, y tener el código de actividad principal declarado ante la AFIP correspondiente con alguno de los detallados en el Anexo I de la Resolución Conjunta 1E/2017.
¿Cómo se aplica la bonificación?:
La escala de descuentos en el precio de la energía será:
No se aplican bonificaciones sobre el VAD (margen) de las distribuidoras y/o las tarifas de peaje (GUMA, GUME y GUPA).
¿Qué es la Planificación Energética que deben entregar las empresas en 2018-2019?
El Proceso de Planificación Energética está compuesto por los siguientes elementos:
¿Qué otras cosas debo saber?
Los establecimientos que hayan dado cumplimiento a los requisitos del Anexo V, deberán cumplir los documentos mencionados y presentarlos en los plazos indicados, como parte de esta Planificación Energética.
Cabe señalar que el beneficio se otorgará por establecimiento / locaciones productivas.
Aquellos establecimientos que ya cuenten con un Sistema de Gestión de la Energía certificado con dos o más años de antigüedad o implementado la Norma IRAM 50.001:2011, podrán quedar exentos de presentar los entregables, habiendo cumplido los requisitos del Anexo V de la Resolución Conjunta 1E/2017.
Aquellos establecimientos que NO han dado cumplimiento a los requisitos del Anexo V de la Resolución Conjunta 1E/2017, podrán gozar del beneficio del descuento en el precio de la energía, actualizando la información y en condiciones de aprobación.
Cumpla con la Disposición 3 / 2018 de la SSAyEE y obtenga hasta un 20% de reducción en el costo de la energía durante 2018 y 2019.
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Recuerde que tiene plazos limites para cumplir con los entregables y para aquellos que han incumplido las entregas durante 2017, podrán volver a hacerlo en esta nueva oportunidad.